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El "Panadero" Ochoa va a juicio oral por instigar el crimen de "Pimpi"

Written By Charles Francis on 24 diciembre 2014 | 14:00

Lo dispuso la Cámara Penal tras analizar las apelaciones al procesamiento que reveló el andar de la barra brava leprosa, a la que el fallo definió como "una organización criminal de carácter estable".
Diego Lucas "Panadero" Ochoa será sometido a un juicio oral y público como autor intelectual del crimen de su antecesor al frente de la barra brava de Newell's Old Boys, Roberto "Pimpi" Caminos, hecho cometido en marzo de 2010 en el marco de la disputa por el liderazgo del paraavalanchas leproso. La decisión la adoptó la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Penal, que en el mismo dictamen revocó el procesamiento que sobre el mismo Ochoa pesaba por mandar a matar a Maximiliano "El quemadito" Rodríguez. Asimismo, los magistrados dispusieron que Héctor David Rodríguez, Sergio Federico Acosta, Marcelo Jesús Romano y Walter Acosta, vayan a juicio por el delito de homicidio calificado por alevosía, el concurso premeditado de dos o más personas y el uso de arma de fuego en el caso del asesinato de "El quemadito", pero dejando sin efecto el agravante de precio o promesa remuneratoria. Y respecto de Emilio Gerardo Salazar, los jueces entendieron que "los elementos computados en la investigación no logran superar la sospecha", por lo que le dictaron falta de mérito.
Lo más trascendente del fallo es que confirmó lo que el entonces juez de Instrucción nº 9, Javier Beltramone, explicó en el auto de procesamiento. Y es que el crimen de "Pimpi" Caminos se dio en el marco de una disputa por el liderazgo de la barra brava rojinegra autodenominada "La hinchada más popular" a la que se definió como "una organización criminal de carácter estable y duradera integrada por más de tres personas con un acuerdo de voluntades entre sí para cometer delitos indeterminados, donde cada miembro tiene un rol y una función" y que era liderada por Ochoa.
Vale recordar que por el crimen de Pimpi Caminos, ocurrido la madrugada del 19 de marzo de 2010 frente a lo que fuera el bar Ezeiza, en Servando Bayo al 1400, ya fueron condenados como autores materiales René Ungaro, Carlos Alberto "Betito" Godoy y Emanuel Suárez al servicio de Ochoa.
La otra lucha. No deja de lado el fallo que para Ochoa no fue sencillo ocupar el lugar dejado vacante por Pimpi. En ese sentido sostiene que "se encuentra probabilizado que luego del intento de destitución de Panadero (a quien en medio de un partido desnudaron y sacaron a empujones del estadio) éste tomó represalias contra aquellos que osaron desplazarlo". Y remarca: "Resulta categórico que luego del conocido copamiento del club por parte de Caminos, el mismo fue asesinado por un lugarteniente de Ochoa. Y más tarde Matías Pera y Maximiliano Rodríguez, quienes intentaron tomar por la fuerza el liderazgo de la tribuna fueron ejecutados (Pera salvó su vida de milagro), resultando en ambos hechos los procesados del círculo más allegado a Ochoa".
El dictamen, que lleva la firma de los camaristas Daniel Acosta, Otto Crippa García y Adolfo Prunotto, sostiene que "las probanzas que vinculan a Ochoa con el asesinato de Caminos tienen existencia tangible independientemente de la lectura o interpretación que de las mismas se haga". Y en ese marco resalta el procesamiento dictado por el juez Beltramone cuando dice que "los móviles del crimen señalan que fueron las viejas rivalidades de Caminos con la familia Ungaro y los temas personales con Betito Godoy.... y que se probabiliza la existencia de un acuerdo para asesinar a Caminos en el que Ochoa es claramente el instigador".
Satisfacción medida. Tras la difusión del fallo el abogado Ignacio Carbone, codefensor de Diego Ochoa, sostuvo que "la resolución de la Cámara hizo lugar a gran parte de los agravios expresados por la defensa" en referencia al crimen de Maximiliano Rodríguez, a partir de "la insuficiencia de pruebas para acreditar la supuesta instigación achacada a nuestro cliente". Y destaca que "no se ha logrado reunir pruebas de entidad suficiente que transformen un relato EM_DASH propio de la crónica policial o la literaturaEM_DASH de una teoría sustentable del caso".
Asimismo, Carbone dijo que respecto al homicidio de Caminos "si bien fue confirmado parcialmente se ha dejando sin efecto el agravante de una supuesta promesa remuneratoria". Y concluye que "en líneas generales el pronunciamiento de la Cámara se ha dictado acorde a derecho, dando un manto de Justicia a la situación procesal de Ochoa, dado que había sido injustamente procesado por hechos totalmente ajenos y sin prueba alguna ni siquiera indiciaria".
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